Magdymar León Torrealba.
Septiembre, 2022
Desde Madre Si Yo Decido trabajamos en el marco de los derechos humanos, más específicamente, los derechos sexuales y derechos reproductivos. Saber qué son, dónde están reconocidos a nivel internacional y en Venezuela, son elementos clave para poder exigir su garantía plena, es por ello que aquí los presentamos.
Palabras clave: derechos sexuales, derechos reproductivos, salud sexual, salud reproductiva, derechos humanos.
¿Qué son?
Los derechos sexuales y derechos reproductivos son un conjunto de disposiciones de derechos humanos sobre la libertad y dignidad de las personas en materia de sexualidad y reproducción. Su garantía es un requisito imprescindible para el goce de una vida pena y libre. Estos derechos abarcan dos principios:
- El derecho a la autodeterminación sexual y reproductiva, la toma de decisiones libres, responsables e informadas sobre la sexualidad y la reproducción.
- El derecho a la atención en salud sexual y salud reproductiva (UNFPA y Defensoría del Pueblo 2013)
Los derechos reproductivos fueron los primeros en ser reconocidos internacionalmente, inscritos inicialmente en el terreno del derecho a la salud, y posteriormente ampliados en vinculación con otros derechos como por ejemplo, a la igualdad, no discriminación, educación, entre otros.
¿Dónde están plasmados internacionalmente?
No existe un tratado internacional que recoja los derechos sexuales y derechos reproductivos, éstos están plasmados en diversos instrumentos, como son:
- La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948
- El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966
- La primera Conferencia sobre la Mujer, México 1975
- La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer, 1979
- La segunda Conferencia Mundial sobre la Mujer, Copenhague 1980
- La tercera Conferencia Mundial sobre la Mujer, Nairobi 1985
- La Convención sobre los Derechos del Nino, 1989
- La Conferencia Internacional de Naciones Unidas sobre Derechos Humanos, Viena 1993
- La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la Mujer – Convención Belem do Para 1994
- La Conferencia de Población y Desarrollo, Cairo 1994
- La Cuarta Conferencia Internacional de la Mujer, Beijing 1995
- El Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo, Montevideo 2013
¿Cuáles son los derechos reproductivos?
El Instituto Interamericano de Derechos Humanos reconoce doce derechos reproductivos que son:
- Derecho a la vida, que incluye en derecho a no morir por causas relacionadas al parto o embarazo, a no morir por abortos clandestinos o inseguros y a no morir como víctima de violencia doméstica.
- Derecho a la salud, incluye el derecho a obtener información para la planificación familiar, acceso a métodos para la regulación de la fecundidad y servicios médicos sin ningún tipo de discriminación (incluidos niños, niñas y adolescentes) y a que estos servicios médicos cuenten con perspectiva de género, se garantice la privacidad y la confidencialidad. Incluye también el derecho a la educación en materia de salud reproductiva.
- Derecho a la libertad, seguridad e integridad personales, incluye el derecho de las mujeres a no ser sometida a torturas y tratos crueles, a una vida libre de violencia basada en el sexo y el género, y libre de explotación sexual.
- Derecho a decidir el número e intervalo de hijos e hijas, que incluye el derecho a la autonomía reproductiva de las mujeres y a realizar un plan de procreación con asistencia médica o de una partera reconocida, en un hospital o en un ambiente alternativo.
- Derecho a la intimidad, incluye el derecho de toda mujer a decidir libremente y sin interferencias arbitrarias sobre sus funciones reproductivas, así como el derecho a la privacidad y confidencialidad de los servicios.
- Derecho a igualdad y la no discriminación, se refiere a la no discriminación en la esfera de la vida y la salud sexual y reproductiva, no discriminación a mujeres indígenas o con discapacidad física o mental en el ejercicio de su salud sexual y reproductiva.
- Derecho al matrimonio y a fundar una familia, se refiere al derecho de las mujeres a decidir sobre cuestiones relativas a su función reproductora en igualdad y sin discriminación, también incluye el derecho a contraer o no matrimonio, tanto como el derecho a disolverlo.
- Derecho al empleo y la seguridad social, se vincula con la protección legal de la maternidad y la paternidad, el derecho a trabajar en un ambiente libre de acoso sexual, a la no discriminación ni despido de las mujeres por embarazo.
- Derecho a la educación, incluye el derecho a la educación integral en sexualidad, a la no discriminación en el disfrute de este derecho.
- Derecho a la información adecuada y oportuna, se refiere a recibir información clara sobre su salud sexual y reproductiva, así como a la información sobre sus derechos y responsabilidades en materia de sexualidad y reproducción, beneficios, riesgos y efectividad de los métodos de la regulación de la fecundidad y sobre las implicaciones de los embarazos.
- Derecho a modificar las costumbres discriminatorias contra las mujeres, que incluye modificar las costumbres que perjudican la salud reproductiva de las mujeres y niñas, así como a fomentar la ampliación y el fortalecimiento de los grupos activistas y comunitarios en favor de las mujeres.
- Derecho a disfrutar del progreso científico y a dar su consentimiento para ser objeto de experimentación, se refiere a disfrutar del progreso científico en materia de reproducción humana, a no ser objeto de abusos ni experimentación.
¿Y los derechos sexuales?
En cuanto a los derechos sexuales, el UNFPA y la Defensoría del Pueblo en Venezuela identifican los siguientes:
- Derecho a la privacidad y la intimidad, que incluye el respeto y protección a la vida privada, intimidad, imagen y decidir con quién, cuándo y cómo vivir la sexualidad.
- Derecho al respeto a la integridad física, psíquica y moral, por funcionarios y funcionarias públicas, se vincula con el derecho a una vida libre de violencia cuando es cometida por funcionarios o funcionarias del Estado.
- Derecho a la información, incluye el derecho a recibir información sobre sexualidad veraz, clara, científica, oportuna y de acuerdo a tu desarrollo evolutivo.
- Derecho a la educación, se refiere al derecho a una educación integral, accesible, laica (libre de creencias religiosas), que garantice los principios de igualdad y equidad de género.
- Derecho al libre ejercicio de la personalidad, esto incluye el libre ejercicio de la sexualidad sin discriminación por razones de sexo, orientación sexual, identidad de género, condición, entre otros.
- Derecho a una vida libre de violencia sexual, incluye el derecho a no sufrir malos tratos, abuso físico o mental, explotación, esclavitud, violación, prostitución forzada, embarazo forzoso, esterilización forzada y cualquier otro tipo de violencia sexual.
¿Dónde están reconocidos los derechos sexuales y derechos reproductivos en Venezuela?
En Venezuela, como ocurre a nivel internacional, tampoco contamos con un instrumento jurídico que abarque todos estos derechos. Las disposiciones nacionales sobre sobre derechos sexuales y derechos reproductivos se encuentran en:
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)
- Ley Orgánica de Salud (1998)
- Ley de Igualdad de Oportunidades para la mujer (1999)
- Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (2004)
- Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo (2006)
- Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007/2014/2021)
- Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2007/2014)
- Ley Orgánica del Registro Civil (2009)
- Ley del Poder Popular para la Juventud (2009)
- Ley Orgánica de Educación (2009)
- Ley para la Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad (2007/2022)
- Ley Orgánica del Poder Popular (2010)
- Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario (2011)
- Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda (2011)
- Decreto con rango, valor y fuerza de ley Orgánica del trabajo, los trabajadores y las trabajadoras (2012).
- Ley para la Promoción y Protección del Derecho a la Igualdad de las personas con VIH o Sida y sus familiares (2014).
- Ley para la Prevención y Erradicación del Abuso Sexual contra Niños, Niñas y Adolescentes (2021).
También existen sentencias del Tribunal Supremo de Justicia y Resoluciones Ministeriales y Normas Oficiales que dan reconocimiento a los derechos sexuales y los derechos reproductivos en Venezuela, las más resaltantes son:
- Resolución N° SG-439 del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social (1994)
- Recurso de Amparo. Enfermos VIH/SIDA. Ampliación de los efectos del Mandamiento de Amparo – Sala Político-Administrativa Corte Suprema de Justicia (1999)
- Norma Oficial para la Atención Integral de la Salud Sexual y Reproductiva (2003/2013)
- Dictamen 71 de la Consultoría Jurídica del Ministerio del Trabajo (2005)
- Sentencia 190 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (2008).
- Líneas Estratégicas para la educación de la sexualidad en el subsistema de Educación Básica (2009)
- Resolución N° 281 del Ministerio del Poder Popular de Interior y Justicia (2010)(AVESA, ACCSI y Aliadas en Cadena, 2015)
¿Qué tenemos y que nos falta en materia de reconocimiento de los derechos sexuales y derechos reproductivos en Venezuela?
De acuerdo al Estudio sobre las condiciones legislativas, institucionales y sociales para el reconocimiento, protección y ejercicio de los derechos y la salud sexual y reproductiva en Venezuela, realizado por AVESA, ACCSI y Aliadas en Cadena (2015), cuyas conclusiones siguen vigentes, se destaca que en el país contamos con un amplio marco de reconocimiento de los derechos sexuales y los derechos reproductivos, pero no está unificado. Hay un mayor reconocimiento de los derechos reproductivos que de los derechos sexuales, con un énfasis en la protección al embarazo y la maternidad, y muy pocos avances con respecto al derecho de las mujeres a decidir sobre sus funciones reproductivas y su sexualidad o sobre los derechos de las personas de la diversidad sexual.
Este estudio recomienda la elaboración de una Ley en Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos que compile lo reconocido en los diversos instrumentos nacionales e incorpore las siguientes brechas a superar:
- Flexibilizar las normas jurídicas que penalizan el aborto, para que las mujeres puedan tener acceso a abortos seguros.
- Garantizar la no-discriminación con base en el género en la prestación de servicios de salud y operativizar la transversalización de la perspectiva de género en la atención a la Salud Sexual y Salud Reproductiva.
- Hacer explícito el reconocimiento de los derechos de las personas sin discriminación por orientación sexual o identidad de género.
- Reconocer explícitamente la autonomía reproductiva de la mujer y reconocer el derecho de la mujer a un plan de procreación
- Reconocer el derecho de toda mujer a decidir libremente y sin interferencias arbitrarias, sobre sus funciones reproductivas, así como el derecho a la intimidad de todas las personas con independencia de su orientación sexual o identidad de género.
- Reconocer el derecho a la igualdad y no discriminación en la esfera de la vida y la salud sexual y reproductiva, de las mujeres indígenas, personas con discapacidad física o mental y por razones de orientación sexual e identidad de género.
- Garantizar el derecho de las mujeres sobre su función reproductora sin coacción de las parejas, reconocer legalmente las uniones del mismo sexo y el derecho de toda persona a formar una familia, independientemente de su orientación sexual o su identidad de género.
- Reconocer el derecho a la no discriminación laboral y la seguridad social de las personas independientemente de su orientación sexual o su identidad de género, no sólo de las que tienen VIH o Sida y sus familiares.
- Reconocer el derecho a la no discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género, y con el debido respeto hacia la diversidad sexual en el ejercicio del Derecho a la Educación, no sólo de las que tienen VIH o Sida y sus familiares.
- Reconocer el derecho a modificar las costumbres que perjudican la salud reproductiva de las mujeres y niñas.
- Reconocer el derecho a la protección contra los abusos médicos por motivo de orientación sexual o identidad de género y el derecho a no ser objeto de experimentación en el área de orientación sexual, identidad de género.
Por supuesto, no se trata sólo de reconocimiento de derechos sino de que su garantía sea real y efectiva en nuestro país y en el mundo.
Bibliografía consultada
AVESA, ACCSI y Aliadas en Cadena (2015) Estudio sobre las condiciones legislativas, institucionales y sociales para el reconocimiento, protección y ejercicio de los derechos y la salud sexual y reproductiva en Venezuela. Resumen y Tomo 1.
Instituto Interamericano de Derechos Humanos y el UNFPA (2008) Los Derechos Reproductivos son Derechos Humanos.
UNFPA y Defensoría del Pueblo (2013) Cartilla 6. Derechos sexuales y derechos reproductivos para las y los adolescentes.